Control Social

Contexto

El Control Social es el derecho y el deber de los ciudadanos a participar, de manera individual o a través de sus organizaciones, redes sociales e instituciones, en la vigilancia de la gestión pública y sus resultados para la correcta utilización de los recursos y bienes públicos. (artículos 60, 61 y 63 de la Ley 1757 de 2015).

Se entiende por Veeduría Ciudadana el mecanismo democrático de representación que le permite a los ciudadanos o a las diferentes organizaciones comunitarias ejercer vigilancia sobre la gestión pública, a las autoridades administrativas, políticas, judiciales, electorales, legislativas y órganos de control, así como de las entidades públicas o privadas, organizaciones no gubernamentales de carácter nacional o internacional que operen en el país y que estén encargadas de la ejecución de un programa, proyecto, contrato o de la prestación de un servicio público. Para conocer más información sobre el funcionamiento de las veedurías, ver la Ley 850 de 2003.

 

Modalidades para el Control Social

Adquisiciones y contratación institucional

Se pone a disposición de los ciudadanos, información relevante para el análisis de resultados y avances de la gestión en las acciones de participación para el control social y las veedurías ciudadanas.

Informes del interventor o el supervisor

La actividad de control social se mide para la vigencia de 2022, para lo tanto no se han recibido comunicaciones de veedurías ciudadana a proyectos o procesos en ejecución que requieran informes según lo establecido en el artículo 72 de la Ley 1757 de 2015.

Observaciones de veedurías

La E.S.E Hospital San Rafael de Itagüí recibe y atiende las observaciones ejecutadas por las veedurías ciudadanas para cada uno de los procesos de la institución, hasta el momento en lo corrido del año no hemos recibido ninguna observación por parte de veeduría ciudadana.

Acciones de mejora

Para la presente vigencia no ha recibo observación alguna.

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